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07/01/2009

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ULTIMO ARTICULO PUBLICADO

 

FABRICACIÓN Y LEGALIZACIÓN DE UN SIMULADOR DE VUELCO

El simulador de vuelco es una máquina cuyo fin es comprobar la eficacia de la sujeción del cinturón de seguridad en caso de vuelco de un vehículo a los ciudadanos. Esta máquina se utiliza como elemento de concienciación de la Seguridad Vial. Utilizado por Dirección General de Tráfico dependiente del Ministerio del Interior, empresas de seguros, centros de formación, autoescuelas , fabricantes de coches,…

Para la creación y puesta en funcionamiento de un simulador de vuelco, se tienen que seguir el siguiente proceso:

  1. Diseño, incluido cálculos justificativos.
  2. Realización de un proyecto de reforma de importancia de un vehículo regulado por el Real Decreto 736/1988, visado y firmado por técnico competente.
  3. Creación del expediente técnico de construcción, en cumplimiento del artículo 8.2.c del Real Decreto 1435/1992,transposición de la Directiva 89/392/CEE de Máquinas.
  4. Fabricación
  5. Fase de pruebas:  resistencia estructural y funcionamiento general del equipo
  6. Creación de manual de instrucciones, uso y mantenimiento
  7. Manual de formación, para el aprendizaje del responsable de manejo y mantenimiento básico (monitor del simulador de vuelco)

 

1.  FASE DE DISEÑO

El simulador de vuelco consta básicamente de un remolque sobre el que se monta una estructura que sirve para soportar y hacer girar un vehículo sobre sí mismo. Al modificar sustancialmente el remolque inicial, y tener el simulador de vuelco en posición de transporte desplazarse por carretera, requiere necesariamente de un proyecto de reforma de importancia, visado y firmado por técnico competente; para cumplir con el artículo 252 del Código de la Circulación.

El simulador de vuelco totalmente recogido en posición de transporte no debe sobrepasar la anchura máxima de 2550 mm y además:

 

1.1  CALCULOS JUSTIFICATIVOS

Cálculo del reparto de cargas en los ejes del remolque y la carga restante en la lanza del remolque. Distribución uniforme de las cargas sobre todo el remolque de manera uniforme y a la menor altura posible con el fin de tener el centro de gravedad general lo más bajo posible.

Determinación de la carga vertical “V” ejercida por el remolque de ejes centrales fija.  El valor obtenido “V” obtenido debe ser igual o menor que el especificado en la ficha técnica del remolque.

V (kN)= (a. x2. C) / l2

Glosario:

  a  = aceleración de comparación en el punto de acoplamiento en m/s2

  l   = longitud teórica de la barra de tracción en metros

  x  = longitud de la superficie de carga en metros

  C  = suma de las cargas de los ejes del remolque de ejes centrales en ton

Cálculo de la potencia del motor eléctrico del simulador de vuelco. Es necesario obtener el momento resistente “M” del conjunto móvil formado por el vehículo y su plataforma y también determinar las revoluciones por minuto “W” a las que girará el vehículo anclado a la plataforma. Se obtendrá con la siguiente fórmula:

P = M x W

La determinación del momento máximo gracias a la fuerza o peso “F” del conjunto y la distancia del centro de gravedad del vehículo al punto de giro “D”, con la siguiente fórmula:

M = F x D

Para la determinación del peso del conjunto, deberá tomarse en cuenta:

    1. Peso de la estructura que conforma la plataforma
    2. Peso del vehículo sin motor, embrague, caja cambios, elementos auxiliares, etc …
    3. Peso de las cuatro personas que pueden subir de manera simultánea al simulador de vuelco

Cálculo de esfuerzos de la plataforma que sustenta al vehículo.  La estructura está compuesta de dos soportes verticales UPN que harán la función de pilares sustentadores de la estructura móvil. En uno de esos soportes es donde se aloja el motor eléctrico + reductor que permite el movimiento. El soporte del vehículo consiste en una cuna formada por dos barras redondas huecas redondas de 4 metros de largo. Toda esta estructura se encuentra perfectamente distribuida y sujeta al remolque de dos ejes.  Se han calculado todos los esfuerzos a que está sometida toda la plataforma (torsión, tracción, compresión, cizallamiento, …) incluyendo las soldaduras y se determina una secciones que van a estar siempre dentro del límite elástico del material elegido y con un coeficiente de seguridad superior a 3 del conjunto.

Cálculo de estabilidad del conjunto: remolque, plataforma y vehículo. El conjunto es autoestable al girar el vehículo 360º sin sobrepasar la anchura del remolque, pero para disminuir las reacciones sobre el remolque se van a colocar 4 estabilizadores regulables manualmente con plato de apoyo adaptable. El disponer de estabilizadores permite trabajar con garantías de seguridad, y si el terreno tuviera una ligera inclinación el simulador de vuelco se adaptaría a los niveles de nivelación longitudinal y transversal mínimos requeridos para un uso seguro,   <= 1´5º.  El responsable de la  puesta en funcionamiento dispondrá de indicadores de nivel en los cuatro lados que le permitirán realizar una regulación correcta de los estabilizadores

 

1.2  CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LA FASE DE DISEÑO

1.         Cumplimiento del Reglamento electrotécnico para Baja Tensión; la instalación necesaria para el simulador se basa en una acometida portátil, un cuadro de maniobra y protección donde se aloja entre otros el variador de frecuencia, el motor eléctrico monofásico y un mando a distancia vía cable para gobernar el equipo fuera de la zona de peligro. La protección es magneto-térmica y diferencial, unión equipotencial de todas las partes metálicas del simulador y alimentación monofásica de los sistemas de señalización óptica (destellante) y acústica (zumbador)

2.                   Cumplimiento del RD 486/1997, disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

·         Escaleras de acceso a plataforma; que cumplan con las dimensiones de la huella, contra-huella, distancia máxima entre peldaños y rugosidad del escalón.

·         Plataforma de acceso al vehículo; es una vía de circulación a distinto nivel, donde se tendrá en cuenta la anchura mínima exigida y la rugosidad de la plataforma

3.                   Cumplimiento del RD 485/1997, señalización de seguridad y salud en el trabajo.

·         Señalización luminosa; destellante activado con el movimiento del simulador

·         Señalización acústica; zumbador activado con el movimiento del simulador

·         Señalización carteles riesgo, colocados en las diferentes zonas de riesgo: “caída a distinto nivel”, “riesgo eléctrico”, …

·         Señalización balizamiento perimetral; se colocarán cada vez que se vaya a poner en marcha el simulador de vuelco bajo la responsabilidad de un monitor.

4.                   Condiciones protección contra incendios y primeros auxilios. El equipo llevará un extintor de CO2  y un botiquín de primeros auxilios. El monitor estará instruido en su utilización.

5.                   Medidas de emergencia y evacuación. El simulador dispondrá un equipo electrógeno de energía equivalente al consumo máximo que se conectará automáticamente en caso de pérdida del suministro eléctrico, para el rescate de las personas del interior del simulador.

 

2. PROYECTO REFORMA DE IMPORTANCIA DE UN VEHÍCULO

Es necesaria la realización de un proyecto de reforma de importancia de un vehículo regulado por el Real Decreto 736/1988, visado y firmado por técnico competente. Este vehículo está compuesto por un remolque de dos ejes sobre los que se le ha añadido un coche y una estructura giratoria.  Para la obtención de la documentación definitiva debe pasar por Inspección Técnica de Vehículos. Este proyecto se basa en la siguiente normativa:

·         Real Decreto 736/1988, de 8 de Julio, por el que se regula la tramitación de reformas de importancia de vehículos de carretera y se modifica el artículo 252 del Código de Circulación.

·         Real Decreto 2822/1998, de 23 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos

·         Orden CTE/3191/2002 de 5 de Diciembre, que modifica el RD 736/1988.

 

3. EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN

Es necesaria la creación del expediente técnico de construcción, en cumplimiento del artículo 8.2.c del Real Decreto 1435/1992 de la transposición de la Directiva 89/392/CEE de Máquinas. Esto permite al fabricante del simulador de vuelco “Instituto técnico de seguridad industrial, S.L – Centro de Formación San Nicolás. Cartagena (Murcia)” emitir la correspondiente declaración de conformidad CE y colocar en el equipo simulador de vuelco la placa identificativa CE. Además en cumplimiento de la directiva de máquina ha sido registrado y verificado favorablemente por un Organismo de Control Autorizado, Applus Norcontrol SLU con nº informe: 07_V3600403/I2590-77 y fecha: 26 de marzo de 2007.

El expediente técnico de construcción consta básicamente de:

·         Documentos y planos, incluido declaración CE

·         Lista de requisitos aplicables de seguridad

·         Lista de normas y especificaciones técnicas

·         Descripción de las soluciones adoptadas para prevenir los peligros presentados por el simulador de vuelco

·         Informes técnicos, cálculos justificativos de construcción y certificados obtenidos de un organismo o laboratorio acreditado.

·         Disposiciones internas a aplicarse para mantener la conformidad del resto de la producción del simulador de vuelco inicialmente declarado (en el caso de fabricación serie)

·         Listado de repuestos

·         Esquemas eléctricos, mecánicos, hidráulicos, …

·         Anexos: 

1.      Registro de clientes o alumnos que prueban el simulador de vuelco, con advertencia de los riesgos de su utilización

2.      Certificados de formación de los monitores que tienen que manejar el simulador de vuelco

3.      Manual de instrucciones, uso y mantenimiento

4.      Registros de las pruebas previas a su puesta en funcionamiento

4. FASE DE FABRICACIÓN

Durante la fase de fabricación, el taller designado tiene que seguir escrupulosamente todas las indicaciones del proyecto de reforma de importancia y el expediente técnico de construcción, además de llevar un control por parte de un técnico competente de las etapas de la fabricación.

 

5. FASE DE PRUEBAS

En la fase de pruebas, el simulador de vuelco se ve sometido a una serie de pruebas de carácter:

  • Mecánico, para comprobar su resistencia estructural. Comportamiento soldaduras, fisuras, y reapriete de tornillería.
  • Eléctrico, pruebas de regulación de la velocidad, frenadas, aceleraciones, mantenimiento del vehículo a 45º, 90º, 180º y 360º. Funcionamiento de todas las paradas de emergencia,…
  • Prueba de estabilidad; con un 20% más del peso autorizado y una inclinación del 5% del terreno, al máximo nº de vueltas autorizado se regularán los estabilizadores para comprobar su buen funcionamiento
  • Prueba de emergencia y evacuación; se desconectará la acometida eléctrica y se comprobará que se conecta automática el grupo electrógeno auxiliar, con el fin de poder evacuar a los alumnos del vehículo.

Todas estas pruebas quedarán reflejadas en el expediente técnico de construcción.

 

6. MANUAL DE INSTRUCCIONES, USO Y MANTENIMIENTO

En este manual que es indispensable su lectura antes de poner en marcha el simulador, indica todas las instrucciones a seguir y normas de seguridad para un uso correcto. El mantenimiento básico a realizar periódicamente, las verificaciones diarias y las inspecciones anuales a realizar por empresa especializada. Las maniobras de emergencia en caso de mal funcionamiento indicando claramente las funciones del monitor y las instrucciones a seguir de los alumnos que están subidos al vehículo. Siempre estará disponible para su consulta por parte de los monitores.

 

7. MANUAL DE FORMACIÓN

Es importante la creación de un manual de formación para los monitores que vayan a manejar el simulador de vuelco, en cumplimiento del art. 19 Ley 31/1995 Prevención Riesgos Laborales “Formación teórico-práctica”, así como que tengan información de los riesgos a los que están expuestos y las responsabilidades que asumen, en cumplimiento del art. 18 Ley 31/1995 Prevención Riesgos Laborales “Información a los trabajadores”. Este manual y una adecuada formación van a hacer que los monitores dispongan de un buen conocimiento del simulador de vuelco y evitar accidentes.

 

CONCLUSIONES

La finalidad del simulador de vuelco es que todos los usuarios se conciencien de la importancia que tiene llevar puesto el cinturón de seguridad siempre.  Es responsabilidad del conductor que todos los pasajeros del vehículo se abrochen el cinturón, ya que en caso de choque frontal, los ocupantes de las plazas traseras o salen expulsados o bien se van hacía delante empeorando notablemente las consecuencias  para los ocupantes de las plazas delanteras. En esta prueba con el simulador de vuelco; al estar boca abajo, se aprecia la función del cinturón y al girar el vehículo simula a cámara lenta el vuelco de un vehículo.

Para poder llegar a disfrutar de este simulador de vuelco, hay que  cumplir muchos requisitos legales, cuyo único fin es hacer totalmente seguro el uso del simulador de vuelco y anular la posibilidad de un accidente.      

 

BIBLIOGRAFÍA

  • Guía técnica aplicación RD 1215/1997 “Equipos de trabajo”. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
  • Prontuario de máquinas. Nicolás Larburu Arrizabalaga. Editorial Paraninfo
  • Seguridad en el trabajo. Casadevante, F.  Editorial Santillana
  • Manual sobre seguridad de las máquinas.  AENOR. 2004
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FABRICACIÓN Y LEGALIZACIÓN DE UN SPREADER 10 TONELADAS

El spreader con capacidad de elevación de 10 Toneladas, es un accesorio de elevación de cargas realizado a medida en base a unas necesidades de carga y descarga de materiales en barcos mercantes. La necesidad parte de poder izar con este accesorio 8 cargas iguales con una carga igual o inferior a 1250 kg cada una, en un reparto simétrico y equitativo por la superficie del spreader.

Al no haber spreaders que se comercialicen y se ajusten a esas necesidades particulares, se recurre a diseñarlo, fabricarlo y legalizarlo la misma empresa que tiene la necesidad “Ership SAU-Cartagena” ubicada en la Dársena de Escombreras, Cartagena (Murcia)

Para el diseño, fabricación y puesta en funcionamiento de un accesorio de elevación de cargas “Spreader 10 toneladas” se tiene que seguir el siguiente proceso:

1. Diseño, incluido cálculos justificativos.

2. Creación del expediente técnico de construcción, en cumplimiento del artículo 8.2.c del Real Decreto 1435/1992, transposición de la Directiva 89/392/CEE de Máquinas.

3. Fabricación

4. Fase de pruebas:  resistencia estructural, pruebas estáticas, pruebas dinámicas y funcionamiento general del equipo

5. Creación de manual de instrucciones de uso y mantenimiento

6. Emisión de la chapa identificativa del accesorio “CE” y declaración de conformidad “CE”.

7. Registro ante Organismo de Control Autorizado (representantes del Ministerio de Industria), de toda la documentación y pruebas realizadas

1. FASE DE DISEÑO

El spreader tiene una forma rectangular, en sus dos lados más largos se aloja un chapón agujereado que permite la colocación simétrica y equilibrada de las cargas suspendidas de cadenas con ganchos en cada una de ellas. Todo el conjunto se suspende de las 4 esquinas del rectángulo con 4 eslingas de acero de la misma medida que lo suspenden del gancho de la grúa móvil autopropulsada portuaria.

Además en la fase de diseño hay que tener en cuenta algunos aspectos:

1. Realizar un accesorio lo más simétrico posible, con materiales con el menor peso por metro lineal y que mantengan los niveles de resistencia que determinen los cálculos

2. Deberá de disponer de un redondeado de esquinas, eliminación de superficies cortantes en sus cuatro esquinas.

3. Que pueda ser multi-funcional, o sea: elevar 8 cargas, 6 cargas, 4 cargas y hasta 2 cargas. Realizando siempre una distribución uniforme y equidistante. Respetando el límite de capacidad de elevación de 10 toneladas.

4. La longitud de los cables de acero que suspenden al accesorio, tienen que tener un ángulo exterior lo menor posible, para poder colocar un diámetro adecuado y no sumar pesos innecesarios.

5. Tener en cuenta como se va a transportar el accesorio “spreader”, habrá que colocar unos alojamientos para las horquillas de la carretilla elevadora.

6. Evitar que el accesorio toque el suelo y posibles daños en su estructura, colocándole patas de apoyo.

7. Para cumplir con el RD 485/1997 “señalización”, habrá que preparar unas chapas de cierre en las esquinas para alojar a las pegatinas de balizamiento indicando los límites (4 esquinas) del accesorio.

2.  EXPEDIENTE TÉCNICO DE CONSTRUCCIÓN

Es necesaria la creación del expediente técnico de construcción, en cumplimiento del artículo 8.2.c del Real Decreto 1435/1992 “Máquinas” de la transposición de la Directiva 89/392/CEE de Máquinas. Esto permite al fabricante del spreader “Ership SAU-Cartagena” emitir la correspondiente declaración de conformidad CE y colocar en el accesorio  la placa identificativa CE. Además en cumplimiento de la directiva de máquinas ha sido registrado y verificado favorablemente por un Organismo de Control Autorizado: TÜV Rheinland con nº registro: DMA.VI.000497 y fecha: 15 de septiembre de 2008, con validez por diez años.

El expediente técnico de construcción consta básicamente de:

  • Documentos y planos, incluido declaración CE

  • Lista de requisitos aplicables de seguridad

  • Lista de normas y especificaciones técnicas

  • Descripción de las soluciones adoptadas para prevenir los peligros presentados por el spreader 10 toneladas

  • Informes técnicos, cálculos justificativos de construcción y certificados obtenidos de un organismo o laboratorio acreditado.

  • Disposiciones internas a aplicarse para mantener la conformidad del resto de la producción del simulador de vuelco inicialmente declarado (en el caso de fabricación serie)

  • Listado de repuestos

  • Anexos: 

1.Manual de instrucciones, uso y mantenimiento.

2.Registros de las pruebas estáticas y dinámicas previas a su puesta en funcionamiento (fase de pruebas).

3. FASE DE FABRICACIÓN

Durante la fase de fabricación, el taller propio del fabricante tiene que seguir escrupulosamente todos los planos y las indicaciones del expediente técnico de construcción, además de llevar un control por parte de un técnico competente de las diferentes etapas de la fabricación. Mire la imagen 1.

Todas las soldaduras a realizar en el accesorio son realizadas por soldador homologado en cumplimiento de la norma “ASME IX”, con equipo de soldar MIG. Una vez finalizadas las soldaduras, se realizaran unas pruebas radiográficas representativas del 5% del total de la superficie soldada.

Al estar destinado el accesorio a trabajar en ambientes marinos, el tratamiento de pintura estará compuesto por:  dos capas de imprimación epoxi y una de terminación.

4. FASE DE PRUEBAS

En la fase de pruebas, el spreader de 10 toneladas debe cumplir con el Real Decreto 1435/1992, anexo 1, capítulo 4 “requisitos esenciales de seguridad y salud para neutralizar los peligros especiales debidos  a operaciones de elevación”, apartado 3 “resistencia mecánica” donde se indica la forma de realizar las pruebas necesarias con accesorios de elevación:

  • Prueba estática. Se suspenderá una carga con un peso del 50% más de la capacidad nominal (10000 kg + 50%= 15000 kg) durante un tiempo determinado. Se realizará una inspección posterior para evaluar y valorar posibles daños por deformaciones, fisuras, … Mire la imagen 2.

  • Prueba dinámica Se suspenderá una carga con un peso del 10% más de la capacidad nominal (10000 kg + 10%= 11000 kg) durante un tiempo determinado con los movimientos normales de trabajo de una grúa móvil autopropulsada portuaria.  Se realizará una inspección posterior para evaluar y valorar posibles daños por deformaciones, fisuras, …

Todas estas pruebas quedarán reflejadas en el expediente técnico de construcción.

5. MANUAL DE INSTRUCCIONES, USO Y MANTENIMIENTO

En este manual que es indispensable su lectura antes de poner en marcha el accesorio de elevación, indica todas las instrucciones a seguir y normas de seguridad para un uso correcto. El mantenimiento básico a realizar periódicamente, las verificaciones diarias y las inspecciones anuales a realizar por empresa especializada. Siempre estará disponible para su consulta por parte de los trabajadores que los utilicen.

6. PLACAS IDENTIFICATIVAS

El accesorio de elevación tiene que contener obligatoriamente las siguientes placas identificativas.

  • Chapa con datos identificativos del accesorio: datos del fabricante, marcado CE, marca y modelo, nº de serie, año de instalación, carga máxima de utilización, peso del accesorio, nº de registro,…

  • Chapa con normas de seguridad para el uso y conservación del accesorio.

CONCLUSIONES

La finalidad del accesorio de elevación “spreader de 10 toneladas” es la descarga de distintos tipos de cargas de barcos a puerto, hasta 8 cargas de manera conjunta. Este accesorio permite muchas posibilidades de cargas colocadas simétricamente hasta un máximo de 10 toneladas. Está realizado a medida de las necesidades de la empresa usuaria y le permite disminuir los tiempos en las  descargas de barco en puerto,  cumpliendo con todos los requisitos de seguridad exigidos reglamentariamente en la actualidad.

BIBLIOGRAFÍA

  • Guía técnica aplicación RD 1215/1997 “Equipos de trabajo”. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

  • Prontuario de máquinas. Nicolás Larburu Arrizabalaga. Editorial Paraninfo

  • Seguridad en el trabajo. Casadevante, F.  Editorial Santillana

  • Manual sobre seguridad de las máquinas.  AENOR. 2004

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UNIDAD MÓVIL DE LUCHA CONTRA INCENDIOS PARA PREVENIR RIESGOS LABORALES

La formación contra incendios es una pieza fundamental dentro de la estrategia de prevención de riesgos laborales de una empresa. Esta formación está regulada por diversa normativa que define la necesidad de tener al personal de la empresa formado e informado, recogido en el artículo 19 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.

El artículo 20 de la Ley anterior indica textualmente:”el empresario deberá organizar los medios necesarios en materia de primeros auxilios, asistencia médica de urgencia, salvamento y lucha contra incendios. Además para una gran parte de las industrias, le es de aplicación el Real Decreto 2267/2004 “Reglamento Seguridad contra incendios en establecimientos industriales”.

Por todo ello nace la necesidad; previa solicitud del Centro de Formación San Nicolás en Los Camchos-Cartagena, de crear una “unidad móvil de extinción de incendios” que se va a desplazar “in situ” a las empresas a formar a los empleados en prevención y extinción de incendios de manera teórica y con prácticas reales en el interior de esta unidad móvil. La unidad móvil de adiestramiento en la lucha contra el fuego, esta construida sobre un contenedor marino de 12 metros de largo por 2.40 de ancho y 2.30 de alto. Este contenedor está colocado sobre un semirremolque de tres ejes, sistema de frenos y amortiguación neumática de 13 metros de longitud

La unidad móvil consta de cuatro niveles de dificultad. Dispone de sistema de sprinkler, central de detección de incendios, circuito de audio y video, instalación de gas propano con tres quemadores distribuidos en una sala, quince equipos completos de intervención y seis  equipos de respiración autónoma (Dragüer PA 94A),  veinte extintores de PQS, diez extintores de CO2, cinco extintores de agua y cinco extintores de espuma. Como equipos de intervención en la lucha contra incendios consta de: una motobomba ROSENBAUER (7 kg.cm2),  dos mangueras con sus lanzas de 70 m/m, cuatro mangueras con sus lanzas de 45 m/m y dos mangueras con sus lanzas de 25 m/m.

Con los medios anteriormente descritos ofrece la posibilidad de realizar ocho prácticas de extinción de incendios reales.

  1. Prácticas de extinción de incendios en interiores:

  • Cuadro eléctrico (simulación con gas propano)
  • Armario de almacenamiento (simulación con gas propano)
  • Fuga de Rack de tuberías (simulación con gas propano)
  • Bandeja de combustible líquido (metanol)
  1. Prácticas de extinción de incendios en exteriores:

  • Derrame en bandeja de 2X1 metros de líquido combustible.
  • Armario de almacenamiento de envases de pinturas.
  • Fuga de gas en equipo de soldadura.
  • Fuego de combustible sólido.
  1. Prácticas galería de humos.

Con tres niveles de dificultad los alumnos realizan diferentes maniobras con equipos de protección respiratoria

  • Características de los equipos, cálculo de autonomía y utilización.
  • Maniobras de búsqueda y rescate en interiores.
  • Maniobras de reparaciones en interiores.
  1. Prácticas equipos de medición.

  2. Practicas trabajo en espacios confinados.

Para la creación de esta unidad móvil de extinción de incendios se ha desarrollado un proyecto técnico, con nº de visado: 02813. Se ha realizado una dirección facultativa para controlar el cumplimiento de lo especificado en el proyecto durante la ejecución de los trabajos de construcción de esta unidad. 

Todas las instalaciones interiores realizadas: gas, electricidad, instalación contra incendios y central de detección de incendios disponen de su correspondiente boletín de su instalador correspondiente que junto al proyecto forman la documentación básica de legalización de esta unidad móvil.

 Para la realización del proyecto técnico de esta unidad móvil se han cumplido la reglamentación vigente:

  • Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/95, de 8 de noviembre)

  • Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias (Real Decreto 842/2002 de 2 de Agosto de 2002).

  • Real Decreto 1955/2000 de 1 de Diciembre, por el que se regulan las Actividades de Transporte, Distribución, Comercialización, Suministro y Procedimientos de Autorización de Instalaciones de Energía Eléctrica.

  • Resolución de 20 de junio de 2003 de la Dirección General de Industria y Energía por la que se modifican los anexos de la orden de 12/02/2001 y los de la orden de 17 de julio de 1989, sobre contenido mínimo de proyectos de instalaciones industriales. DOGV 17/09/2003.

  • Real Decreto 486/1997, “disposiciones mínimas de seguridad y salud en lugares de trabajo”.

  • Real Decreto 485/1997, “señalización de seguridad en el trabajo”

Reglamentación de gas

●   Real decreto 919/2006, de 28 de julio por el que se aprueba el reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias.

●   Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos

●   ANEXO 3: Reglamento de la actividad de distribución de gases licuados del petróleo R.D. 1085/1992 de 11 de septiembre, capitulo III BOE de 9 de Octubre de 1992.

 En el proyecto considerado como “reformas de importancia” se divide en las siguientes partes:

Instalación eléctrica

Esta instalación es considerada como “local con riesgo de incendio o explosión; clase 1, zona 2 según ITC-BT-29 punto 4.2 del REBT/2002 y UNE-EN 60079-10.

La tensión de suministro será monofásica 230 Voltios y suministrada mediante acometida portátil aérea a la unidad móvil desde la empresa donde esté ubicada.

Para la determinación de la sección de los cables eléctricos, dependiendo de la caída de tensión máxima autorizada será:

I = Pc / U x Cosj x R = amp (A)

e = (2 x L x Pc / k x U x n x S x R) + (2 x L x Pc x Xu x Senj / 1000 x U x n x R x Cosj) = voltios (V)

La determinación de las canalizaciones y tubos protectores cumpliendo con la ITC-BT-21 del REBT/2002, según la norma UNE 20324.

La determinación de la composición del cuadro de maniobra y protección compuesto por interruptor general de corte, interruptor diferencial e interruptores magnetotérmicos por circuitos, todo ello con el fin de proteger contra los contactos directos e indirectos, según ITC-BT-22 del REBT/2002.

La distribución de líneas de puesta a tierra y uniones equipotenciales, las características del alumbrado de emergencia y señalización según ITC-BT-28 del REBT/2002.

Instalación de gas

En el interior de la unidad móvil se van a colocar tres quemadores homologados distribuidos en una sala con sus respectivas tuberías de distribución protegidas, con una potencia calorífica estimada de los 3 quemadores funcionando simultáneamente de 30000 Kcal/h.

El gas a utilizar será gas propano por medio de depósitos móviles de GLP tipo UD-110 de 11 kg de capacidad unitaria.  Además se ha de cumplir con las ventilaciones establecidas por normativa para el caso de instalaciones de gas y de un extractor de humos de caudal suficiente. Para la determinación del diámetro de las tuberías generales y de distribución unitaria a los quemadores se han seguido:

  • La formula de Renueard para baja presión (hasta 500mmca)

                                P=P1-P2= 232000·S·Le·Q1,82 ·D-4,82

Donde:

P1 : pasión relativa del gas en el origen de la tubería expresada en mmca

P2 : pasión relativa del gas en el extremo final de la tubería expresada en mmca

S: densidad corregida del gas, para propano comercial= 1,16

Le : longitud equivalente de la conducción= L x 1,2

L : longitud real de la conducción, en metros

Q : caudal de gas en m3/h

D : diámetro interior de la tubería en mm

  • Para una aplicación valida de la formula simplificada de Renouard, y a partir de los datos obtenidos y utilizados en la relación anterior, se deben satisfacer las siguientes premisas.

a)      Q / D <  150

b)      C · Q / D < 2 x 106

Siendo:

C: valor característico. Para el propano comercial= 72000

Q: cauda de gas en m3/h

D: diámetro interior de la conducción en mm

  • Además la velocidad de circulación del gas dentro de la tubería debemos limitarla a 20 m/s, esto es debido a que la velocidad elevada produce ruidos en las instalaciones. La velocidad del gas dentro del tubo nos viene dada por la siguiente formula

                                    V= 354 · Q · Z / P · D2

Siendo:

      Z: factor de comprensibilidad = 1

P: presión absoluta en el extremo final de la conducción en bar

V: velocidad en m/s

Q: caudal en m3/h

D: diámetro interior de la tubería en mm

Instalación de sistemas y medios de extinción de incendios

La unidad móvil va estar controlada en todo momento por una central de alarma de incendios, con 4 detectores (2 ópticos y 2 iónicos) y un sensor-detector de gas metano.   La instalación consta de 4 rociadores de una pulgada con ampollas de diferentes temperaturas, además de un pulsador en las proximidades para activarlo de manera manual. Además dispone en las proximidades a la sala de prácticas de los quemadores de gas de 3 extintores de polvo polivalente  y 1 extintor de CO2 conveniente señalizados

Medios de acceso a la unidad móvil

Están compuestos de escaleras con barandillas  replegables y/o desmontables que cumplen con las medidas de anchura, dimensiones escalón, rugosidad superficie contacto escalón, según establece el Real Decreto 486/1997, “disposiciones mínimas de seguridad y salud en lugares de trabajo”.

Medidas de control añadidas

La unidad móvil está controlada y dirigida por dos monitores que han sido específicamente formados en el uso de esta unidad y disponen de mucha experiencia como formadores en el campo de la “extinción de incendios”.  En base a las primeras pruebas y ejercicios realizados en la unidad móvil se creó un manual de uso y mantenimiento, cumpliendo con el artículo 15 de la Ley 31/1995 se realizó una evaluación de riesgos para determinar los riesgos que aún persisten para dejarlos patentes en ese manual; que sirve de base a los monitores para seguir las prácticas con total seguridad.

CONCLUSIÓN

La realización de un proyecto técnico de algo tan especial como una “unidad móvil de extinción de incendios” sirve para la formación de trabajadores y personal profesional (bomberos) con el fin de disminuir el nº de accidentes y que sepan combatir el fuego desde su comienzo que es fundamental para evitar los daños personales y también materiales. Por todo ello, creo que esta unidad móvil va a ser de gran utilidad a las empresas que quieran formar a sus trabajadores

BIBLIOGRAFIA

  • PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS BASADA EN LA EFICACIA. Guía de Ingeniería de la Sociedad de Ingenieros de Protección contra incendios. Análisis y diseño de edificios. Año 2006.

  • REGLAMENTO SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES. Ediciones Liteam. 2007

  • SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS. Ediciones Tecnos. 2006

  • LEY 31/1995 “PREVENCION RIESGOS LABORALES”

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