No existe un único sistema válido de organización de la
prevención, ya que dependerá de cómo esté organizada la empresa y la cultura que
en ella exista. El modelo más eficaz en cada caso es aquel que se integre
plenamente a la propia organización productiva, logrando que directivos,
técnicos, mandos y trabajadores, asuman las responsabilidades que tienen en la
materia. En todo caso y sea cual fuere la modalidad de organización preventiva
elegida de acuerdo a la legislación vigente en función de la plantilla y la
actividad (propio empresario, trabajador designado, o servicio de prevención
propio, mancomunado o ajeno), es necesario disponer siempre en todo centro de
trabajo de personas involucradas en tareas de coordinación, seguimiento y
control de la gestión de la prevención de riesgos laborales. Aunque es
permisible legalmente que una empresa pueda concertar toda la actividad
preventiva con un Servicio de Prevención Ajeno, es del todo recomendable que
alguien competente de la misma y contando con el apoyo de la Dirección, actúe de
vínculo con tal Servicio y preste el apoyo logístico necesario para el correcto
desarrollo e implantación del sistema.
La Dirección es quien debe definir y dar a conocer el
organigrama general de la empresa en el que se determinen las funciones a
desarrollar por cada uno de sus miembros. Dentro de ese organigrama habría que
definir las funciones de prevención de riesgos laborales, en coherencia con la
propia política de prevención que la empresa quiera desarrollar, y también, de
su organización general. La definición por escrito de las funciones preventivas
de los miembros de una organización y velar por su cumplimiento es no sólo algo
necesario, sino además, un medio esencial para lograr el grado de compromiso y
de autocontrol que se precisa para desarrollar una cultura empresarial basada en
las personas y un eficaz desarrollo del sistema preventivo adoptado.
Por tanto, no se trata de desarrollar una estructura paralela o
superpuesta a las ya existentes sin ninguna o pocas conexiones entre ellas, sino
todo lo contrario, se trata de adaptar la organización preventiva a la
organización global de la empresa, aprovechando incluso, si las hubieren,
estructuras organizativas desarrolladas para campos de acción afines, como
calidad o medioambiente.
Como ya se ha comentado anteriormente, la organización de los
recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas se
realizará por la dirección con arreglo a alguna de las modalidades recogidas en
el capítulo III del RD
39/1997, las cuales se desarrollan a
continuación.
A continuación se describen las diferentes modalidades de
organización preventiva, de acuerdo a la reglamentación vigente, teniendo en
cuenta que cada empresa elegirá la que se adapte a sus características,
respetando en todo caso los mínimos que prescribe el RD 39/1997, tal como se
indica en el cuadro, donde se esquematiza la modalidad de organización
preventiva en función del número de trabajadores.