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05/12/2008

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NORMATIVA

Consulta: Gracias por una respuesta anterior. Quisiera conocer que traen las normas UNE relativo a los ambientes térmicos en cuanto medición, estrés térmico...distinto al WBGT o el sistema FANGER. Muchas gracias

   

 

Consulta: Hola. Lo primero muchas gracias por la respuesta anterior. Rápida, concreta y útil. La consulta de hoy es sobre las notificaciones de accidentes y de enfermedades: ¿Ha habido alguna modificación a la O. de 16/12/87, en especial para Andalucía? ¿Cuál es la orden de la notificación de enfermedades profesionales? Gracias de nuevo.

   

 

Consulta: Quisiera saber la legislación que regula la altura máxima de apilamiento de palets o de mercancía de manera segura. En concreto tengo una empresa que apila palets uno encima de otro y quisiera saber la altura máxima con su legislación correspondiente. Muchas gracias. Soy técnico de prevención y, gracias a las preguntas de otras personas, he aprendido mucho a raiz de vuestras contestaciones.

   

 

Consulta: Hola. Mi pregunta en cuestión es la siguiente. Quiero aplicar en la empresa la Norma de Seguridad NFPA (por ej: 704 - 30,Etc), y dar capacitación a mi gente al respecto. Pero no encuentro la NFPA en Español. Si fueran tan amables. Desde ya gracias.

   

 

Consulta: Me gustaría saber dónde puedo encontrar en Internet y en español las normas UNE-953 sobre resguardos de protección y EN-1050 sobre evaluación de riesgos en las máquinas. Muchas gracias.

   

 

Consulta: Necesito saber normas de seguridad para evitar caídas, ya sean al mismo o distinto nivel. Muchas gracias.

   

 

Consulta: ¿Existe legislación sobre manipulación de productos químicos?

   

 

Consulta: En una vía de circulación interior en una oficina hay un escalón en el acceso a otra dependencia, de una altura de unos 12 cm. Por las características del escalón o peldaño, frecuentemente se producen tropezones que hasta el momento no ha producido ningún accidente por caída, aunque si el correspondiente susto o sobresalto. Mi pregunta es la siguiente: En estas circusntancias es necesario tomar alguna medida preventiva de señalización o instalación de una rampa o por el contrario el hecho de que haya distintos niveles en una oficina, que implica el correspondiente escalón para acceder de un nivel a otro, se debe contemplar como una característica habitual de las edificaciones y por lo tanto no está contemplada esta situación en el RD 486/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo y el RD 485/1997 sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. Gracias.

   

 

Consulta: Muy buenas tardes, les escribo para solicitarles información sobre la obligatoriedad de adoptar la directiva europea de PRL tanto en los países miembro (y cuáles ya lo han hecho) , como en los de próxima adhesión a la UE, en especial en la República checa. Específicamente me gustaría que se refiriera a la directiva 90/270 sobre las Pantallas de Visualización de Datos. Muchísimas gracias por atenderme, Borja Vivanco

   

 

Consulta: Hola de nuevo: mi consulta es la siguiente: el reglamento de desarrollo del art. 24 (RD 171/2004) habla, en varias ocasiones, de "riesgos calificados como graves o muy graves". ¿A qué se refiere? ¿A los importantes e intolerables de la metodología del INSHT? ¿Está recogida esa clasificación de graves o muy graves en alguna normativa? Como siempre, gracias por vuestra atención. Un saludo, Augusto

   

 

Consulta: Quisiera saber si al pertenecer la empresa al anexo I de actividades, es necesario hacer algo referente a temas de auditoria ( que esta se acada año y no cada cinco), por ejemplo. Se que el pertenecer al anexo I hace que la empresa tenga servicio de prevencio propio cada 250 trabajadores en vez de cada 500. Influye en alguna otra cosa? Un saludo

   

 

Consulta: En primer lugar deseo decir que el presente site es muy bueno. Perdon por los errores, pués no conosco muy bien el español. Me gustaria saber se en la España tiene una legislación especifica para las micro y pequeñas empresas. Y se las tiene, como conseguirla. Muchas gracias y saludos a todos.

   

 

Consulta: Lo primero daros las gracias por ayudarme a resolver estas dudas. En un establecimiento hotelero, ¿es obligatorio que siempre haya personal del hotel por si ocurre alguna emergencia en horario nocturno? ¿En qué casos tiene que haber personal? ¿Qué tipo de legislación lo regula?

   

 

Consulta: Estoy buscando información acerca de normas de seguridad en trabajos de manipulación de cargas en camiones autoportantes (con gruas de hasta 2 Tn.). ¿Donde podría encontrar algo al respecto? Un saludo y gracias de antemano.

   

 

Consulta: Gracias por responder a mis cuestiones. Me asalta otra: Un Plan de Prevención puede estar formado por: Elección explicita de modalidad de organizacion preventiva Evaluacion de Riesgos Planificacion de la acitividad preventiva Y si no es así, ¿que tipo de documentacion lo forma, me refiero a nivel practico?. Gracias de antemano por vuestra contestación

   

 

Consulta: FUNCIONARIO DE CARRERA, DESPUES DE 4 AÑOS TRABAJANDO EN MI PUESTO DE TRABAJO, HAN INSTALADO SOBRE MI PUESTO(EN EL FALSO TECHO)UN FANCOILS CASSETTE DE AIRE ACONDICIONADO, CON EL CONSIGUIENTE MALESTAR QUE ELLO GENERA, Y MUCHO MAS EN MI CASO DEBIDO A MIS CARACTERISTICAS PERSONALES(FARINGITIS AGUDA CRONICA Y MIGRAÑA), NO SE PUEDE RODAR LA MESA DE TRABAJO POR SER UN MODULO DE CUATRO PUESTO DE TRABAJO. NO SE HA CONTRATADO EL MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES, NO TIENE RENOVACION DE AIRE, EL 23-09-02 PUSE DE MANIFIESTO AL TECNICO DE PREVENCION MI DESACUERDO CON LA UBICACION DEL FANCOILS, HABIENDOSE EMITIDO EL CORRESPONDIENTE INFORME DE EVALUACION DE RIESGOS NO SE HAN REALIZADO LAS CORRESPONDIENTES MEDIDAS CORRECTORAS, LO HE PUESTO EN CONOCIMIENTO DE LA INSTITUCION Y DE LOS DELEGADOS DE PREVENCION.....EN FIN EN VERANO TENDRA 2 AÑOS DE FUNCIONAMIENTO EL MENCIONADO FANCOILS ¿LA UBICACION Y FUNCIONAMIENTO DE DICHO FANCOILS SE ADAPTA A LA LEGISLACIÓN VIGENTE? ¿POR QUE?

   

 

Consulta: ME GUSTARÍA SABER SI EXISTE ALGO RECOPILADO EN CUANTO A JURISPRUDENCIA SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, Y COMO LOCALIZARLO.GRACIAS.

   

 

Consulta: Estimado consultor/a: Me dirijo a usted porque necesitaria me orientase o ayudase en la busqueda de una legislacion. Se trata de la obligacion de empresas de gran embergadura, como por ejemplo una empresa almacenadora y distribuidora de gas licuado, de tener en plantilla un Equipo de Primera Intervención, bomberos industriales. Tras las investigaciones que llevo haciendo no encuentro dicha documentación, ni los requisitpos de estos "guardianes de la seguridad" en estas empresas. No se si sera normativa andaluza o nacional. No he podido encontrar nada. Podria ayudarme? Se lo agradecería muchísimo. Atentamente, Inmaculada González Mola.

   

 

Consulta: En la NTP 214:Carretillas elevadoras, se referencia el Decreto nº 58-628 de 19.7.58 en referencia a la prohibición de conducción de estas a menores de 18 años. Me estoy volviendo loca buscando en internet el texto de este decreto y en el Boe nada pues es muy antiguo. Lo he encontrado relacionado con las normas UNE 58401, 403, 405, y 406 pero no explica en qué sentido. No se si está vigente en España el citado Decreto. ¿Podría porfavor indicarmelo o qué fundamento tiene la citada prohibición de conducción? Muchas gracias

   

 

Consulta: Soy un joven Emprendedor que está creando su propia empresa en internet. Se trata de una empresa de Servicios de Internet (Reg. Dominios, Alojamiento Web, Diseño Web, Alta en Buscadores, Promoción Web, Certificados de Seguridad) y Distribución de Software, Hardware y Telefonía Libre. En la actualidad estoy haciendo un Plan Empresarial y necesito saber si hay alguna NORMATIVA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES en la materia a la que me dedico. Gracias por su atención. Tony Cadaval.

   

 

Consulta: HOLA! ESTOY HACIENDO UNAS PRACTICAS DE PREVENCION EN LA FABRICA Y LO QUE ME HAN PEDIDO SON DOS COSAS: 1- ESTABLECER EL SISTEMA DE RESPONSABILIDADES LEGALES EN MATERIA DE PREVENCION DE TODO EL ORGANIGRAMA DE LA EMPRESA, ES DECIR DESDE EL DIRECTOR GERENTE HASTA EL ULTIMO TRABAJADOR, PASANDO POR EL COORDINADOR DE PREVENCION EN LA MISMA. LO QUE EN DEFINITIVA QUIEREN SABER ES QUE OCURRIRIA SI HUBIESE UN ACCIDENTE, QUE TIPO DE RESPONSABILIDADES DEBERIA DE ACARREAR CADA UNO. LO QUE YO ESTOY BUSCANDO ES LA PRELACION DE FUENTES EXISTENTE, ES DECIR, EN QUE NORMA LEGAL ME DICE QUIEN ES EL RESPONSABLE Y PORQUE. 2-ESTABLECER LOS REQUISITOS LEGALES QUE DEBE CUMPLIR LA EMPRESA PARA ESTAR DENTRO DE LA LEGALIDAD EN MATERIA DE PREVENCION. COMO DATO OS DIRE QUE ES UNA EMPRESA CON 109 TRABAJADORES Y QUE TIENE CONTRATADO UN SERVICIO DE PREVENCION AJENO Y QUE PRETENDE INTEGRAR LA PREVENCION DENTRO DE LA EMPRESA MEDIANTE LA REALIZACION DE UN MODELO DE GESTION DE LA PREVENCION ( QUE REQUISITOS LEGALES DEBE CUMPLIR PARA REALIZAR ESTE MODELO DE GESTION?

   

 

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